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Ira Deducible Triple-S

Preguntas Frecuentes | Subscripción

Anualidad de Retiro
Individual

IRA Deducible Exenta

Está diseñada para estimular el ahorro y para establecer un fondo para suplementar su retiro. Sus aportaciones son deducibles de la planilla y diferidas de impuestos. Los intereses devengados estarán exentos de impuestos. Además, tiene acceso a su dinero a través del programa de retiro sistemático.

VENTAJAS CONTRIBUTIVAS
• Aportaciones son deducibles de la planilla
• Principal es diferido de impuestos
• Intereses son exentos de impuestos

Principal Asegurado1
Su principal está asegurado por Seguros de Vida Triple S, Inc.

Interés Garantizado2
• Interés exento está garantizado
• Interés mínimo garantizado de: (2%)

Cargos de Venta
• No hay cargos por venta
• No hay cargos por mantenimiento

100% de su dinero va a trabajar por usted

Acceso a su dinero
Puede retirar hasta un máximo de 10% del valor de su IRA, sin tener que pagar los Cargos por Liquidación de Seguros de Vida Triple S, Inc.3 

La Compañía
• Seguros de Vida Triple S, Inc, fue fundada en el 1984
• Clasificación de A.M. Best A- (Excelente)
• Miembro de Triple-S Management Corporation
• Clasificada A- (Excelente) por AM Best 

Retiros Prematuros

Cargos por liquidación que van disminuyendo por 5 años4:

Año Contrato Cargos por Liquidación
1. 6%
2. 5%
3. 4%
4. 3%
5. 2%
6. 0%

Derecho a Revisar el Contrato
El rentista tiene 7 días para revisar el contrato.

Primas
Mínimo de: ($10)
Máximo de: Así como lo disponga la Ley

Disponibilidad
Uno o tres años de interés garantizados
Edad mínima de emisión: (Así como lo disponga la Ley )
Edad Máxima de Emisión: (75)
Colateral para Préstamo: NO
Anuatización más temprana: 1 año

PROGRAMA ESPECIAL

Programa de retiros sistemáticos

Opciones de Pago
Pago de intereses solamente
Pago garantizado de por vida
Pagos por períodos definidos
Pagos por cantidad definida
Otras opciones disponibles

Protegiendo tu salud financiera

Notas:
1. La IRA Deducible Exenta está asegurada por SEGUROS DE VIDA TRIPLE –S, Inc. basada en su habilidad de pago.
2. La Compañía podrá acreditar interés en exceso del interés garantizado. Dicho interés en exceso será acreditado: I) en cantidades determinadas por la Compañía; y II) por períodos determinados por la Compañía. El interés es acreditado trimestralmente desde la fecha en que la prima se acredita.
3. Usted tiene el derecho a retiros parciales hasta de un máximo de 10%, del valor del contrato de la IRA calculado al principio de cada año calendario sin tener que pagar los cargos por liquidación de Seguros de Vida Triple S, Inc. Favor referirse al contrato.
4. No hay nuevos cargos por liquidación en primas adicionales.

Anualidades: No son depósitos, no están garantizados por ningún banco, no están garantizados por el FDIC, cuando aplique, puede subir o bajar en valor, no están asegurados por ninguna agencia federal.

Preguntas - IRA Deducible Exenta

¿Qué es una anualidad de retiro individual, IRA Deducible Exenta?
La IRA o anualidad de retiro individual deducible está diseñada para estimular el ahorro del contribuyente y para que establezca un fondo para el momento de su retiro. Una IRA es la manera más fácil de pagar menos contribuciones y ahorrar para su futuro. Además de deducir el 100% en su planilla, ahorra para necesidades futuras como la compra de su primer hogar, la educación de sus hijos, el retiro o emergencias como el desempleo, incapacidad permanente y reparación de la residencia por huracán o cualquier otra causa fortuita y para la compra de una computadora.
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¿Quién puede abrir una IRA Deducible Exenta? 
Puede abrir una IRA tan pronto como lo desee, siempre y cuando no haya cumplido 75 años, sea residente de Puerto Rico y reciba ingresos por concepto de salario, servicios profesionales o trabaje por cuenta propia, incluyendo cualquier persona que participe en otro plan de retiro elegible. Mientras más rápido comience a acumular dinero, más dinero tendrá para tu futuro. 
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¿Cuánto puedo aportar a una IRA Deducible Exenta? 
La aportación máxima anual permitida por ley es $3,500 por persona. Si está casada o casado y radica una planilla conjunta, cada uno puede abrir una IRA para una deducción máxima de $7,000 ($3,500 cada uno) aún cuando uno de ustedes no trabaje. 
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¿Por qué abrir una IRA con Seguros de Vida Triple S, Inc.? 
Porque su futuro es importante y no lo debe confiar a cualquiera. Seguros de Vida Triple S, Inc. le brinda una variedad de cuentas IRA y la experiencia de profesionales financieros para invertir su dinero sabiamente.
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¿Se pagan contribuciones sobre los intereses generados en una IRA Deducible Exenta? 
No. La IRA de Seguros de Vida Triple S, Inc. no paga impuestos sobre los intereses. Sin embargo, pagará contribuciones sobre el principal.
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¿Cuál es el efecto de reducción contributiva en mi planilla al abrir una IRA? 
La cantidad que contribuyas a su planilla se reducirá al abrir una IRA dependiendo de la cantidad que aporte y de su renglón contributivo. La siguiente tabla presenta varios ejemplos:

Aportación a una IRA  Tabla Contributiva Reducción
$3,500 6% $210
$3,500 9% $315
$3,500 14% $490
$3,500 27% $945
$3,500  33%  $1,155

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¿Cuándo puedo comenzar a retirar dinero de mi IRA Deducible Exenta? 
Puede retirar los fondos de su IRA en cualquier momento. No obstante, cualquier retiro de dinero que haga antes de los 60 años de edad, por razones que no sean construcción o adquisición de la primera residencia principal, pago de estudios universitarios de dependientes directos, desempleo, incapacidad permanente, muerte, divorcio o para reparación o reconstrucción de tu residencia principal por motivo de fuego, huracán, terremoto u otra causa fortuita, o compra de una computadora, estará sujeto a una penalidad del 10% de la cantidad retirada impuesto por el Departamento de Hacienda de Puerto Rico. Este 10% se enviará al Departamento de Hacienda de Puerto Rico, según lo requiere la ley. La ley le permite comenzar a disponer de los fondos acumulados en su cuenta IRA a los 60 años de edad sin incurrir en la penalidad del Departamento de Hacienda de Puerto Rico. Seguros de Vida Triple S, Inc. también puede imponer penalidades por retiro prematuro, sin reparar en que el Departamento de Hacienda de Puerto Rico imponga o no imponga una penalidad. 
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¿Hay cargos por liquidación temprana impuesta por Seguros de Vida Triple S, Inc.?
Si. Si el dueño de la anualidad sobre la cuenta de retiro individual optara por liquidar dicha anualidad antes de haber completado el pago de cinco años completos, estará sujeto a un cargo para gastos incurridos por la Compañía presentado en la siguiente tabla. Estos cargos aplicarán independientemente de la edad del rentista en el momento en que se efectúe el retiro o la liquidación.

Retiros Prematuros

Cargos por liquidación que van disminuyendo por 5 años4:

Año Contrato Cargos por Liquidación
1. 6%
2. 5%
3. 4%
4. 3%
5. 2%
6. 0%

Este cargo será en adición a la penalidad del 10% por retiros prematuros impuestos por ley, si aplica. Después de haber estado cinco años en vigor, no se hará ningún cargo por concepto de gastos. Las transferencias ("Rollovers") de las cuentas de valores en efectivo con la compañía a otras instituciones serán consideradas liquidaciones en efectivo o retiros parciales y se le aplicarán los cargos correspondientes, según se dispone al inicio de la cláusula cargos por retiro temprano y el cuadro que antecede, excepto el 10% de penalidad impuesto por el Departamento de Hacienda. Las disposiciones de esta cláusula no aplican si el retiro se efectúa dentro de los primeros siete días laborales, a partir de la fecha en que se hace el depósito.
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¿Existe alguna opción de retiro parcial que sea libres de cargos por liquidación?
Si. Usted tiene el derecho a retiros parciales hasta de un máximo de 10%, del valor del contrato de la anualidad calculado al principio de cada año calendario, libre de cargos por liquidación de Seguros de Vida Triple S, Inc. Cada retiro parcial debe ser de un mínimo de ($100) dólares y el valor residual en el contrato luego del retiro parcial debe ser por lo menos ($250) dólares. Cualquier cantidad en exceso del 10% del valor del contrato de la anualidad se le aplicarán los cargos por liquidación, según la tabla anterior. Además, cualquier cantidad distribuida bajo este contrato antes de que el rentista llegue a los 60 años estará sujeta a una penalidad del 10% impuesta por ley.
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¿Hay necesidad de comenzar a retirar mi dinero de la IRA Deducible Exenta a una edad en particular? 
Sí. Por ley se requiere que comience a retirar sus fondos no más tarde del año natural en que cumples 75 años de edad. Si desea, al momento de disponer de los fondos acumulados en su anualidad podrá retirarlos en su totalidad o en pagos mensuales, trimestrales, semestrales o anuales, siempre y cuando sea durante un período que no se extienda más allá de su expectativa de vida (según la tabla provista por el Departamento de Hacienda de Puerto Rico). Cualquier remanente continuará devengando intereses y creciendo libre de contribuciones, ya que tributará solamente sobre las cantidades que retire, durante el año contributivo en que las retire. 
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¿Existe algún interés mínimo garantizado?
Si. El interés mínimo garantizado es de un 3%.
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¿Qué tipo de información se envía al dueño de una IRA Deducible Exenta?
El dueño recibe un estado trimestral, el cual le detalla los intereses exentos que ha devengado la anualidad y su balance acumulado.
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Solicitud

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